El Justicia de Aragón
ha publicado esta semana pasada un Informe
especial sobre transparencia y buen gobierno en la comunidad autónoma de Aragón.
En una parte de la introducción dice:
«Esta Institución,
depositaria de las inquietudes y dudas de los ciudadanos frente a la Administración,
ha venido analizando, mediante el estudio de las quejas recibidas en estos últimos
quince años, las formas de actuar de nuestra Administración autonómica, provincial,
comarcal y municipal, así como la de aquellos organismos autónomos y demás entes
que de ellas dependen y las de los servicios públicos gestionados por personas
físicas o jurídicas mediante concesión administrativa, sometidos a control o
tutela administrativa de alguna institución de nuestra Comunidad Autónoma. Ello
ha permitido no sólo conocer los problemas concretos que se plantean con
relación a la posible falta de transparencia, información y buena gestión en
pro de los ciudadanos por parte de la Administración, sino, también, efectuar
una reflexión acerca de cómo debería promoverse, de lege ferenda, un mayor
control sobre la transparencia en esa actuación y sobre la adecuada y legal administración
del dinero público. Este mayor control
redundaría en un reforzamiento de la confianza de los ciudadanos en la Administración
y de la legitimidad de la misma y de los servidores público»
El apéndice número 5 del informe lo dedica a los derechos civiles, políticos y administrativos, y entre diversas consideraciones y recomendaciones hace las siguientes en relación a las retribuciones y compensaciones económicas de los cargos públicos.
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«Todos ellos tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos, documentales justificados, ocasionados por el ejercicio de su cargo»
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«Obligación de justificar con detalle los gastos que generen indemnizacion (p.e, en viajes o comidas se indicará el motivo del evento, las personas que asistieron y otras circunstancias que se consideren apropiadas para que la Intervención pueda fiscalizar debidamente el gasto»
El Justicia de
Aragón destaca en su informe, en lo referente a retribuciones y compensaciones, dos informes: 1662/2012 y el 220/2013. Ambos informes surgieron por sendas
denuncias de IU en la Comarca de Cinca Medio y Somontano, las famosas
"dietas" de manutención del Sr. Facerías, el paladar más fino de la provincia. Por desgracia, la Comarca de
Somontano no aceptó las recomendaciones del Justicia de Aragón, y votó en contra de todas la mociones presentadas por IU que iban encaminadas en el mismo sentido. Nuestro Grupo Político seguirá trabajando para que las administraciones públicas cada día sean más
transparentes y honestas, y seguiremos denuncian las prácticas oscurantistas,
clientelares y caciquiles a las que nos tienen acostumbrados.
Informe 220/2013: Para nuestro Grupo el informe del Justicia de Aragón que solicitamos provocó que saliera a la luz un hecho como es el uso indebido de un acuerdo comarcal sobre remuneraciones a cargos públicos, concretamente, de manos del Presidente de la Comarca. La falta de justificación adecuada lleva implícita una duda razonable sobre el uso y abuso que se puede dar al dinero del contribuyente y que, en el caso concreto de la Comarca del Somontano, entendemos que se ha venido realizando durante años con total impunidad.
Entendemos que el Presidente de la Comarca, Jaime Facerías, utiliza la fórmula de las dietas, no para indemnizar los desembolsos económicos que realiza previamente por hacer su función, sino para cobrar parcialmente por su actividad ordinaria, hecho que le ha llevado a acumular cantidades percibidas en 2008 por dietas y desplazamientos de 23.200 euros (12.427 euros en comidas y cenas), en 2009 recibió 21.133 € (12.575 euros en comidas y cenas), en 2010 recibió 22.407 € (12.732 euros en comidas y cenas) y en 2011 recibió 19.022 € (11.594 euros en comidas y cenas).
Cobrar dietas no es ilegal. Es necesario para que todos puedan dedicarse a la política, pero lo que sí es fraudulento, es percibir dietas, para beneficio personal por un gasto que no se ha cometido. Nosotros entendemos que es lo que sucede, que el Presidente, al cobrar una pensión de invalidez, no puede tener salario y lo compensa por esta fórmula.
Cualquier Presidente comarcal tiene derecho a percibir un salario por su trabajo, pero ninguno tiene derecho retorcer la legislación y cobrar por conceptos que no le corresponden, por lo que como es nuestra obligación política, estaremos vigilantes ante cualquier uso indebido que pueda realizarse del dinero que pagamos los contribuyentes.
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