Volvemos a las Cortes de Aragón para preguntar cómo se ha resuelto el expediente sancionador tras las denuncias por parte del SEPRONA y los Agentes de
Protección de la Naturaleza a Torraza Monte Oscuro S.L. por sus actuaciones en la limpieza del
aforador del río Cinca, donde incumplieron los extremos marcados por INAGA y,
aprovechando el momento, se llevaron áridos y gravas de alto valor económico y
medio ambiental a lo largo de 500 metros de cauce en un lugar catalogado como
LIC, donde evidentemente no tenían permiso de extracción.
ANTECEDENTES
Según respuesta escrita del Consejero de Agricultura, Ganadería y
Medio Ambiente del Gobierno de Aragón a pregunta 62/14 y 63/14, formuladas por
nuestro Grupo Parlamentario, se informó que “con fecha 22 de noviembre de 2013, a solicitud de la Confederación
Hidrográfica del Ebro, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
emitió informe sobre las actuaciones de mantenimiento periódicas en la estación
de aforo n.º 293 sobre el río Cinca en Puente las Pilas (El Grado, Huesca).
El procedimiento seguido por el INAGA es la
emisión de un informe ambiental al Organismo de Cuenca por afección a zonas
ambientalmente sensibles, en este caso un espacio de la Red Natura 2000,
procedimiento n.º 66 bis, según lo dispuesto en el Anexo de la Ley 10/2013, de
19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
La trabajos previstos no se encuentran en
ninguno de los supuestos establecidos en los anexos II y III de la Ley 7/2006,
de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, si bien se emitió un
informe, en el marco de la evaluación ambiental de zonas ambientalmente
sensibles (Título III de la Ley 7/2006), donde se establecía un condicionado
para la ejecución de los mismos.
Además, con fecha 8 de enero de 2014, se cursó
informe-denuncia de los Agentes de Protección de la Naturaleza del Área
Medioambiental de Somontano de Barbastro (Huesca) sobre extracción de áridos
vinculada a actuaciones promovidas por la Confederación Hidrográfica del Ebro
para el mantenimiento en la estación de aforo n.º 293 sobre el río Cinca en
Puente las Pilas.
Así mismo, con fecha 28 de enero de este año,
el SEPRONA presentó denuncia sobre los mismos hechos al Servicio Provincial de
Huesca del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. A día de
hoy, se está a la espera de recibir los correspondientes informes técnicos para
así determinar la procedencia de incoar un procedimiento sancionador por
vulneración de la legislación de montes, patrimonio natural y de la
biodiversidad o de protección ambiental.”
Por todo ello, se realizan las siguientes preguntas:
Medio Ambiente
¿Se ha
incoado algún procedimiento sancionador por vulneración de la legislación de
montes, patrimonio natural y de la biodiversidad?
En caso de
que así sea. ¿Cuáles son las sanciones propuestas?
En caso de
que sea que no ¿Cuáles son las razones por las que no se ha incoado?
Industria e innovación
¿Se ha
incoado algún expediente sancionador por la extracción de áridos en el río
Cinca como como consecuencia de los hechos relatados?
En caso de
que así sea. ¿Cuáles son las sanciones propuestas?
En caso de
que sea que no ¿Cuáles son las razones por las que no se ha incoado?
Enlaces relacionados:
No hay comentarios:
Publicar un comentario