Estadilla a 25 de julio de 2017
En primer
lugar, solicitamos que se presente la cuenta general en la comisión especial de
cuentas. La normativa marca que debería haberse sometido a la comisión antes
del uno de junio.
Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 212 punto
2:«La cuenta general formada por la Intervención será sometida antes del día 1
de junio a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la entidad local, que
estará constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes
de la corporación».
En segundo
lugar, solicitamos una copia del estado de liquidación del presupuesto de 2016
(ingresos y gastos).
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