Ayuntamiento - Documento

Estadilla a 25 de julio de 2017


En primer lugar, solicitamos que se presente la cuenta general en la comisión especial de cuentas. La normativa marca que debería haberse sometido a la comisión antes del uno de junio.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 212 punto 2:«La cuenta general formada por la Intervención será sometida antes del día 1 de junio a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la entidad local, que estará constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la corporación».

En segundo lugar, solicitamos una copia del estado de liquidación del presupuesto de 2016 (ingresos y gastos).

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